OCU - Organización de Consumidores y Usuarios

11/08/2024 | Press release | Distributed by Public on 11/08/2024 03:27

OCU Málaga informa sobre la reclamación de daños por la DANA en el 951 560 028

08 nov. 2024

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerda que, los daños causados por las inundaciones y en las que se han visto especialmente afectados los municipios de Almogía, Cártama, Álora, Pizarra, Valle de Abdalajís y Carratraca, así como más de 2.000 hectáreas de cultivos en el Valle del Guadalhorce, son daños que, al tratarse de daños extraordinarios causados por fenómenos de la naturaleza y muy destructivos, llamados "riesgos extraordinarios" quedan cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros.

Los requisitos que deben cumplir los afectados para poder acceder a la indemnización del Consorcio son, tener una póliza de seguro vigente y la prima pagada. El Consorcio indemniza bajo las condiciones de la póliza de seguro que tengamos contratada y hasta los límites de los capitales asegurados.

Los daños indemnizables son los causados tanto a personas como a bienes. En el caso de daños personales (lesiones y fallecimiento) es necesario tener seguro de vida o accidentes con cobertura de fallecimiento, invalidez o incapacidad temporal.

Para el caso de daños causados en bienes, como pudieran ser vivienda, establecimientos comerciales, industria u obras civiles, es necesario, por ejemplo, seguros multirriesgo de hogar, comercio, industria etc. y, en el caso de vehículos, se necesita tener una cobertura por daños al vehículo (ya sea a todo riesgo, lunas o robos) o el seguro obligatorio del vehículo (a terceros).

Igualmente se indemnizan daños inmateriales consecuencia de los anteriores, como pudieran ser pérdida de alquileres de propietarios, gastos de alojamiento derivados de la inhabitabilidad de la vivienda, o la pérdida de ingresos por la paralización de establecimientos comerciales, de servicios o industriales (pérdida de beneficio) solo si la póliza de seguro así lo especifica.

Los afectados que carezcan de seguro o no cumplan los requisitos anteriormente reseñados, solo tendrán acceso a las ayudas públicas, siempre que se declare Zona Catastrófica. Por eso, desde OCU, hemos solicitado al Gobierno la declaración de la Zona Catastrófica y las ayudas cubran los bienes no asegurados.

En cualquier caso, OCU pone a disposición de los afectados el número de teléfono 951560028 para informar sobre la reclamación de los daños sufridos. Y ampliamos la disponibilidad en horario de lunes a jueves 9 a 14h; y 16h a 18h; y viernes de 9 a 14h.

Esta información ha sido elaborada por un de equipo profesionales de OCU que, en colaboración con otras asociaciones europeas de consumidores y una red internacional de laboratorios independientes, analizan desde 1975 los principales productos y servicios de consumo. Su trabajo se sustenta en los principios de ahorro, calidad, eficiencia, sostenibilidad y transparencia, pero sobre todo en la independencia que le proporcionan sus más de 190.000 socios activos.

Para más información (medios de comunicación):

Teléfono: 675 091 427 / 666 57 67 30 / [email protected]